La baja de maternidad es un derecho que tienen todas las madres, pero ¿Qué ocurre cuando se trata de una artista autónoma? En este artículo, vamos a analizar los requisitos y las condiciones que debes cumplir para poder disfrutar del permiso retribuido que implica la baja por maternidad.
¿Cuánto se cobra por baja de maternidad de autónoma?
Una de las preguntas que puedes que te hagas como autónoma es cuánto se cobra durante este periodo de baja. El importe que se recibe durante la baja de maternidad depende de la base reguladora por la que estés cotizando.
El importe de baja de maternidad corresponde al 100% de la base reguladora por la que cotizas. Esta base se calcula también teniendo en cuenta el tiempo que llevas dada de alta como autónoma, de forma que:
–Si llevas más de 12 meses. Tu base reguladora corresponderá a las bases de cotización de los últimos 6 meses.
-Si llevas menos de 12 meses. Tu base reguladora corresponderá al promedio de la bases de cotización de los meses que lleves dada de alta.
Es importante destacar que esta prestación está exenta de tributación, lo que significa que no está sujeta a retención ni hay que incluirla en la declaración de la renta. Esto es una buena noticia ya que se te permite disfrutar de tu baja por maternidad sin preocuparte de cargas fiscales.
¿Se paga la cuota de autónomos durante la baja de maternidad?
Te damos la respuesta rápida: No. Y es que mientras estés de baja por maternidad no tienes obligación de pagar la cuota de autónomos de la Seguridad Social. Otra buena noticia es que mientras estés de baja aunque no tengas que pagar en ningún momento dejarás de cotizar.
¿Cuánto dura la baja de maternidad de las autónomas?
La duración general de la baja de maternidad es de 16 semanas. Sin embargo, existen situaciones en las que se pueden ampliar dichas semanas, como en el caso de partos, adopciones o acogimientos múltiples. Además, si el bebé presenta alguna discapacidad, se suma una semana más de baja.
Por otro lado, es importante que tengas en cuenta que las primeras seis semanas de la baja por maternidad son obligatorias e ininterrumpidas. Las siguientes diez semanas son voluntarias y se pueden disfrutar de forma continuada o interrumpida en períodos semanales. También es posible trabajar a media jornada, lo que alargará estas diez semanas hasta el doble.
Además, si eres madre por nacimiento puede adelantar hasta cuatro semanas antes de la fecha del parto las primeras seis semanas obligatorias.
¿Qué requisitos se debe cumplir para disfrutar de la baja de maternidad de las autónomas?
Para poder disfrutar de esta prestación, es necesario cumplir una serie de requisitos:
-Haber dado a luz o haber adoptado a un menor de edad.
-Estar dada de alta como autónoma.
-Haber cotizado durante un período mínimo de tiempo. Este requisito varía en función de la edad de la autónoma:
- Si tienes menos de 21 años en la fecha del parto o de la resolución administrativa o judicial en los casos de adopción o acogimiento, no se requiere período mínimo de cotización.
- Si tienes entre 21 y 25 años, debes haber cotizado al menos 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al inicio de la baja , o bien 180 días a lo largo de toda tu vida laboral.
- Si tienes más de 26 años, debes haber cotizado al menos 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al inicio de la baja o bien 360 días a lo largo de toda tu vida laboral.
-Es necesario que estés al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social. Si tienes alguna cuota fuera de plazo, podrás ingresarla en un plazo de 30 días naturales improrrogables.
¿Tienes dudas sobre tu baja de maternidad de autónoma?
Si no tienes muy claro cómo gestionar este trámite o quieres que nos encarguemos de tus obligaciones fiscales mientras que tú disfrutas de tu estrenada maternidad… no te preocupes, ¡estamos aquí para ayudarte!