Los autónomos aún siguen en proceso de adaptación al nuevo sistema de cotización por tramos de ingresos reales que entró en vigor el pasado enero. Uno de los principales cambios es las modificaciones que pueden realizar los autónomos a lo largo del año en su base de cotización. Pero… ¿Cómo se realiza este trámite?

¿Cuándo pueden realizarse los cambios en las bases de cotización?

Como autónomo puedes cambiar de base de cotización hasta seis veces en un mismo año y podrás realizar este cambio cada dos meses pero ten en cuenta que hay unos plazos a seguir para que tu cambio entre en vigor en una fecha determinada. Estos son:

-Los cambios realizados desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero entrarán en vigor el 1 de marzo.

-Los cambios realizados desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril entrarán en vigor el 1 de mayo.

-Los cambios realizados desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio entrarán en vigor el 1 de julio.

-Los cambios realizados desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto entrarán en vigor el 1 de septiembre.

-Los cambios realizados desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre entrarán en vigor el 1 de noviembre.

-Los cambios realizados desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre entrarán en vigor el 1 de enero del siguiente año.

¿Cómo cambiar la base de cotización de los autónomos?

Este trámite debes de realizarlo en la sede electrónica de la Seguridad Social Import@ss, dentro han habilitado un apartado para realizar la gestión.

Recuerda que para realizar trámites en esta sede debes de contar con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Una vez que estés dentro podrás actualizar el importe de tu base de cotización, al finalizar recibirás un documento PDF que te servirá como comprobante de la solicitud.

¿Cómo calcular la base de cotización de un autónomo?

Para calcular tu base de cotización debes tener en cuenta el nuevo sistema de tramos por ingresos formado por un total de quince tramos cada uno con una base mínima y máxima.

Lo primero que tendrás que hacer es calcular tus ingresos, haz una suma de todos los ingresos que generan tu actividad y resta tus gastos. Recuerda, que puedes deducirte los gastos deducibles.

Cuando tengas el resultado ubícate dentro de los siguientes tramos:

Tramos de ingresos netosBase mínimaBase máxima
<=670 €751, 63 €849, 66 €
>670 y <= 900 €849, 67€900 €
>900 y < 1.166, 7 €898, 69 €1.166,70 €
>= 1.166,70 y <= 1.300 €950, 98 €1.300 €
> 1.300 y <= 1.500 €960,78 €1.500 €
>1.500 y <= 1.700 €960,78 €1.700 €
>1.700 y <= 1.850 €1.013,07 €1.850 €
>1.850 y <= 2.030 €1.029, 41 €2.030 €
> 2.030 y <= 2.330 €1.045,75 €2.330 €
> 2.330 y <= 2.760 €1.078 ,43 €2.760 €
>2.760 y <= 3.190 €1.143,79 €3.190 €
>3.190 y <= 3.620 €1.209,15 €3.620 €
>3.620 y <= 4.050 €1.274,51 €4.050 €
>4.050 y <= 6.000 €1.372,55 €4.139,40 €
>6.000 €1.633,99 €4.139,40 €
Tramos base de cotización por ingresos reales.