Como artista autónomo contratar trabajadores es un gran paso y una posible solución a altos picos de actividad temporales o perpetuos pero claro hacerlo puede ser un proceso complicado y también estresante pues no solo consiste en firmar un contrato. En este artículo, te daremos algunos consejos para ayudarte a gestionar tus tramites para contratar trabajadores.
¿Los autónomos pueden contratar trabajadores?
Sí, puedes hacerlo y es un derecho que tienes como autónomo pero para poder tener trabajadores a tu cargo bajo contrato laborales deberás de inscribirte como empresario en la Seguridad Social.
¿Cómo contratar trabajadores siendo autónomo?
Alta como empresario en la Seguridad Social.
Al inscribirte como empresario en la Seguridad Social siendo autónomo en realidad te estás convirtiendo en autónomo empleador. Deberás de rellenar el modelo TA.6 con tus datos identificativos ( número de la seguridad social, DNI, nombre comercial) y presentar en la sede electrónica de la Seguridad Social o en las oficinas el modelo ya rellenado junto a una copia de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Alta del trabajador.
Presenta el modelo TA.2/S junto con el número de afiliación de la Seguridad Social del trabajador. Para cualquier tipo de modificación o baja también deberás de hacerlo a través de este modelo. Este modelo se presenta en Red Directo de la Seguridad Social.
Comunicación del contrato.
Deberás de comunicar al SEPE una copia del contrato, esto puede hacerse de forma telemática.
Cumple tus obligaciones.
Deberás de pagar las cotizaciones del trabajador además de las tuyas. También serás el responsable de abonar el sueldo del trabajador que hayas fijado en el contrato de trabajo.
¿Qué pasa con la tarifa plana si contrato trabajadores?
Si temes perder la bonificación de la tarifa plana por contratar trabajadores… ¡no te preocupes! desde 2015 ningún autónomo que tenga a su cargo trabajadores puede perder la bonificación.
En resumen, sigues teniendo derecho a tu tarifa plana siempre que cumplas con el resto de requisitos de la misma.
¿Un autónomo puede contratar a otro autónomo?
No, y es que en realidad nadie puede ni debe contratar a otro autónomo pues se trataría de un caso de falso autónomo. Más bien, en todo caso podrás realizar una relación profesional de contratación de servicios de otro autónomo y la retribución se realizará mediante la típica facturación con IVA.
