¿Sabías que más del 90% de los artistas autónomos durante el COVID no pudieron beneficiarse de prestaciones por ser falsos autónomos?

¿Tú lo eres? ¡Te damos unos tips claves para averiguarlo!

¿Qué es un falso autónomo?

Eres un falso autónomo si estás dado de alta en el Reta (el régimen especial del trabajo autónomo) de la Seguridad Social pero realmente estás realizando las mismas acciones que un trabajador por cuenta ajena.

¿Qué características tienen los falsos autónomos?

Los requisitos para considerar a un trabajador por cuenta ajena son voluntariedad, dependencia, ajenidad y retribución. Así que si en una relación laboral cumples algunos de estos requisitos a la vez que te piden como algo indispensable que estés dado de alta como autónomo, tenemos una mala noticia para ti…¡puede que seas un falso autónomo! Aquí tienes algunos ejemplos de estos requisitos:

  • Tienes que realizar tu trabajo en un espacio en específico. 
  • Te asignan un horario de trabajo establecido. 
  • Te fijan unos días de vacaciones y/o de descanso en específico. 
  • Te facilitan todo los recursos necesarios para desempeñar tu trabajo. 
  • Te determinan tu sueldo o porcentaje de beneficios.

Probablemente la empresa que te haya pedido que realices tu trabajo de esta forma se haya excusado en que esto es lo más beneficioso para ti pues podrás obtener bonificaciones como la tarifa plana o la cuota cero. Pero no te dejes engañar… Aunque de primeras esto pueda parecer una gran ventaja para ti, en realidad estás renunciando tanto a tus derechos como autónomo ( libertad de horario, salario, lugar de trabajo)como a tus derechos de empleado por cuenta ajena.

Además, estas bonificaciones son temporales y no deben ser la base justificadora para darte de alta como autónomo y para colmo… ¡estás incurriendo en un delito!

¿Qué diferencias hay entre un falso autónomo y un autónomo dependiente?

Es bastante habitual que se confunda el término de falso autónomo con el de autónomo dependiente, pero…¡ve con cuidado! No son lo mismo. 

Los autónomos dependientes son aquellos autónomos que dedican gran parte de su actividad a un mismo cliente o percibe de él al menos el 75% de los ingresos. A diferencia de los falsos autónomos esta relación no es de exclusividad ( es decir, en cualquier momento pueden trabajar con otro cliente si lo desean)  y además la relación es totalmente voluntaria. Otro punto importante es que los autónomos TRADE no firman ningún contrato, simplemente sus relaciones mercantiles con el cliente se basan en facturas.

¿Qué consecuencias tiene ser un falso autónomo?

Como ya has leído formar parte del club de los falsos autónomos tiene sus consecuencias y es que solo tú cotizas por tu trabajo, te encuentras en un limbo en el que no disfrutas de tus derechos como empleado por cuenta ajena pues no tienes ciertas ventajas como las vacaciones retribuidas o las indemnizaciones o permisos retribuidos( por ejemplo, permisos de lactancia o de reducción de jornada) ni por otra parte tienes todas las ventajas de un trabajador autónomo.

¿De cuánto es la sanción por falso autónomo?

Las sanciones por falsos autónomos no son poca broma y es que dependiendo del grado de las mismas pueden llegar a oscilar hasta los 10.000 €. Todas ellas van dirigidas al empresario. Se dividen en tres categorías.

Sanciones de menor grado. Oscilan entre los 3.1226 hasta los 6.250 €.

Sanciones de grado medio. Oscilan entre los 6.251  hasta los 8.000 €.

Sanciones de máximo grado. Oscilan entre los 8.000 € hasta los 10.000 €.

A parte, la empresa podrá ser obligada a dar de alta al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social y pagar las cuotas correspondientes al tiempo que el trabajador debería de haber estado cotizando en ese régimen.

¿Cómo se denuncia una situación de falso autónomo?

Si te has dado cuenta de que eres un falso autónomo y quieres resolver esta situación hay varías vías que puedes tomar para hacerlo:

  • Realizar una denuncia en la Inspección de trabajo. 
  • Denunciar en los Juzgados de lo social. Aquí será el juez el que determine si la relación laboral es un caso de falso autónomo.