¿Tu también has escuchado eso de… «Los autónomos no se ponen nunca enfermos»? Nosotros sí, y más de la cuenta. Pues bien déjanos contarte que esto no es del todo cierto, los autónomos se ponen enfermos y sí, los autónomos tienen derecho a baja laboral por estas circunstancias. ¿Quieres saber bajo qué condiciones podrás darte de baja siendo artista autónomo?…Sigue leyendo.

¿Qué es la baja laboral o incapacidad temporal de autónomos?

Estas situaciones son aquellas en las que el autónomo se encuentra cuando tiene un accidente o una enfermedad ya sea común o de otro tipo. Además, esta enfermedad no le permite realizar su actividad de manera óptima y suele requerir de asistencia sanitaria.

¿Qué necesitas para tener derecho a baja laboral de autónomo?

Tienes que cumplir ciertos requisitos para poder solicitar la baja laboral.

El primero de todos es que deberás de estar cotizando por contingencias comunes en el RETA, tranquilo hoy en día no tienes de que preocuparte porque desde 2020 es obligatorio para todos los autónomos.

Estos pagos de contingencias comunes a la seguridad social son los que posteriormente se utilizan para los periodos sin actividad laboral del autónomo por motivo de bajas.

En el caso de que solicites la baja por enfermedad común tienes que tener en cuenta un requisito muy importante y es que deberás de haber cotizado mínimo 180 días en los últimos años y estar al corriente de los pagos de la cuota de autónomos.

Por otra parte, si la solicitas por enfermedad o accidente profesional no tienes condiciones extra, simplemente estar dado de alta en el RETA.

¿Tiene que pagar la cuota un autónomo que esté de baja?

Sí, tienes que seguir pagando la cuota mensual de autónomos a la Seguridad Social aunque estés de baja por incapacidad temporal. Eso sí, solo tendrás que pagar durante los dos primeros meses pues a partir del tercer mes ya no tienes que seguir pagando hasta que te des de alta.

¿Qué tipo de bajas laborales de autónomo hay?

Existen hasta tres tipos de situaciones que pueden llevar a un autónomo a darse de baja.

-Baja por enfermedad común. Esto ha sido algo muy habitual y presente debido a la situación del COVID-19. Como ya te hemos dicho antes para cobrar esta baja se necesita cumplir algunos requisitos.

-Baja por enfermedad laboral. Aquí se incluyen las enfermedades que contraes por consecuencia del trabajo que realizas. Este decreto recoge todas las enfermedades laborales existentes.

-Baja por accidente laboral. Aquí se recogen aquellos accidentes que ocurren en consecuencia de tu trabajo, también se incluyen los que sucedan en los desplazamientos al lugar del trabajo. Imagínate que estás en el escenario dando todo lo que tienes tocando tu mejor y… te caes y a consecuencia de eso te rompes una pierna. Pues eso sería considerado como un accidente laboral. Lo sabemos, ha sido un ejemplo un pelín trágico.

¿Los autónomos cobran la baja?

Vamos a lo importante que está claro que es saber cuánto vas a cobrar estando de baja siendo autónomo. Lo que cobres dependerá del tipo de baja y de tu base reguladora que se calculará teniendo en cuenta la base de cotización del mes anterior al que te des de baja.

¡Prepara la calculadora! Que te vamos a enseñar cómo calcular una estimación de tu sueldo mientras estés de baja. Tienes que aplicar los siguientes porcentajes a tu base reguladora:

-Porcentaje por enfermedad común desde el día 4 hasta el día 20 de baja: 60%.

-Porcentaje por enfermedad común a partir del día 21 de baja: 75%.

-Porcentaje por enfermedad profesional o accidente de trabajo desde el día siguiente al de la baja: 75%.

¿Cómo tramitar baja autónomos?

Para tramitar tu baja laboral de autónomo vas a tener que hacerlo a través de tu mutua. Ya sabemos que es difícil acordarte de estos datos así que ponte a revisar tus papeles y localiza tu mutua.

Una vez que tengas localizada tu mutua tendrás que entregarle alguna documentación:

-Documento firmado por ti en el que solicites la baja laboral.

-Fotocopia compulsada de tu DNI.

-Justificante de pago de la cuota de autónomo de los tres últimos meses.

-Partes de baja médica.

-Documento de la Seguridad Social relleno por ti en el que declaras en que situación se queda tu actividad laboral mientras estás de baja.

¿Qué plazo hay para presentar la baja laboral de autónomo?

¡Importante! Tienes quince días para presentar toda esta documentación a tu mutua y notificar a la Seguridad Social tu situación de baja.