¡Lo digital también llega al arte! y seguramente te estarás preguntando si es posible vender online sin ser autónomo. La respuesta rápida es sí, pero es importante tener en cuenta algunas cuestiones legales y fiscales para hacerlo de forma segura y sin meterte en líos con Hacienda y Seguridad Social.

¿Qué tienes que tener en cuenta a la hora de vender online sin ser autónomo?

Debes de tener en cuenta ciertos matices a la hora de entender si puedes o no vender sin ser autónomo. Pues dependiendo de la frecuencia de las ventas y de lo ingresado por las mismas puede volverse obligatoria el alta como autónomo.

Esto es lo que dice la Seguridad Social:

El alta como autónomo es obligatoria para toda aquella persona mayor de 18 años que de manera habitual, personal y directa, realice una actividad económica con ánimo de lucro y no esté sujeta a un contrato de trabajo.

Pero claro, si esta actividad de venta no es tu principal ni habitual fuentes de ingresos…¿Qué debes de hacer?

Pues, queda en tu total responsabilidad y criterio darte o no de alta como autónomo. Nosotros te recomendamos darte de alta como autónomo y así asegurarte que no te metes en lío dcon Hacienda o la Seguridad Social.

Además, ahora puedes aprovechar las nuevas bonificaciones para autónomos como la Cuota Cero o la tarifa plana.

¿Qué obligaciones tienes al vender online sin ser autónomo?

Aunque no estés registrado como autónomo tienes el deber de pagar los impuestos derivados de tus ventas. Deberás de declararlos en la declaración de la renta.

También, te recomendamos llevar un registro de todas tus ventas y gastos relacionados.

¿Cuándo tienes que darte de alta como autónomo para vender online?

Tendrás que darte de alta cuando cumplas alguna de estas dos circunstancias:

  1. La actividad pasa a ser tu habitual.
  2. La actividad genera ingresos brutos superiores al SMI.

¿Qué consecuencias puede tener vender online sin ser autónomo?

Si la Seguridad Social te pilla vendiendo sin estar dado de alta como autónomo puedes atenerte a las siguientes consecuencias:

  1. Te obliguen a darte de alta de forma instantánea en el RETA.
  2. Te harán pagar todas las cuotas atrasadas más un recargo.